Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo

Órgano para la Igualdad de Género, Prevención y Atención de la Violencia contra las Mujeres

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Derechos Humanos

Los derechos humanos se entienden comúnmente como aquellos derechos inherentes al ser humano. El concepto de derechos humanos reconoce que todo ser humano tiene derecho a disfrutar de sus derechos humanos sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición. Los derechos humanos están garantizados legalmente por el derecho internacional de los derechos humanos , que protege a las personas y a los grupos contra acciones que interfieren con las libertades fundamentales y la dignidad humana. Se expresan en tratados, derecho internacional consuetudinario, conjuntos de principios y otras fuentes de derecho. El derecho internacional de los derechos humanos obliga a los Estados a actuar de una manera determinada y les prohíbe realizar actividades específicas.

Todos los derechos humanos y los instrumentos que los conciernen se aplican por igual a hombres y mujeres. Además, la CEDAW ha especificado y complementado algunos de ellos desde la perspectiva de los derechos de las mujeres. 

Fuente: ACNUDH (2000)  Derechos Humanos. Manual básico para el personal de las Naciones Unidas .

Derechos Reproductivos

Los derechos reproductivos se basan en el reconocimiento del derecho fundamental de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número, el espaciamiento y el momento de tener hijos, y a disponer de la información y los medios para hacerlo, así como del derecho a alcanzar el máximo nivel de salud sexual y reproductiva. También incluyen el derecho de todas las personas a tomar decisiones sobre su reproducción sin discriminación, coerción ni violencia.

Fuente: Naciones Unidas (2014) Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo , párrafo 7.3. 

Discriminación contra niñas y mujeres

La discriminación contra niñas y mujeres significa tratar directa o indirectamente a niñas y mujeres de manera diferente a niños y hombres de una manera que les impide disfrutar de sus derechos. La discriminación puede ser directa o indirecta. La discriminación directa contra niñas y mujeres es generalmente más fácil de reconocer ya que la discriminación es bastante obvia. Por ejemplo, en algunos países, las mujeres no pueden poseer propiedades legalmente; la ley les prohíbe aceptar ciertos trabajos; o las costumbres de una comunidad pueden no permitir que las niñas accedan a la educación superior. La discriminación indirecta contra niñas y mujeres puede ser difícil de reconocer. Se refiere a situaciones que pueden parecer imparciales pero que resultan en un trato desigual de niñas y mujeres. Por ejemplo, un trabajo para un oficial de policía puede tener criterios mínimos de altura y peso que las mujeres pueden tener dificultades para cumplir. Como resultado, las mujeres pueden no poder convertirse en oficiales de policía.

Fuente: Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. 

Discriminación Múltiple

Una perspectiva de género, o una forma de analizar el impacto del género en las oportunidades, los roles sociales y las interacciones de las personas, nos permite ver que existe presión sobre los hombres y los niños para que desempeñen y se adapten a roles específicos. Por lo tanto, el término masculinidad se refiere al significado social de la hombría, que se construye y define social, histórica y políticamente, en lugar de ser impulsado biológicamente. Existen muchas definiciones socialmente construidas para ser hombre, y estas pueden cambiar con el tiempo y de un lugar a otro. El término se relaciona con las nociones e ideales percibidos sobre cómo los hombres deberían o se espera que se comporten en un entorno determinado. Las masculinidades no se limitan a los hombres; las mujeres también representan y producen el significado y las prácticas de lo masculino.

Fuente: UNICEF, UNFPA, PNUD, ONU Mujeres. “ Igualdad de género, coherencia de la ONU y tú ”.

 

Fuentes:
Sheppard, Colleen. 2011. Discriminación múltiple en el mundo del trabajo, Documento de trabajo núm. 66. Organización Internacional del Trabajo: Ginebra.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Recomendación general Nº 25 sobre medidas especiales de carácter temporal, artículo 4, párrafo 1. 

División de Género

Este es un concepto importante en el análisis básico de género que ayuda a profundizar la comprensión de las relaciones sociales como punto de partida para el cambio sostenible a través del desarrollo. La división del trabajo se refiere a la forma en que cada sociedad divide el trabajo entre hombres y mujeres, niños y niñas, según los roles de género socialmente establecidos o lo que se considera adecuado y valioso para cada sexo. Cualquier persona que planifique una intervención comunitaria debe conocer y comprender la división del trabajo y la asignación de recursos, desagregados por sexo y edad, para cada comunidad afectada por las intervenciones de desarrollo. Dentro de la división del trabajo, existen varios tipos de roles:

  • Roles productivos: Actividades realizadas por hombres y mujeres con el fin de producir bienes y servicios ya sea para la venta, el intercambio o para satisfacer las necesidades de subsistencia de la familia.
  • Roles reproductivos: Actividades necesarias para asegurar la reproducción de la fuerza laboral de la sociedad. Esto incluye las tareas domésticas, como limpiar, cocinar, tener hijos, criar y cuidar a los miembros de la familia. Estas tareas son realizadas principalmente por mujeres.
  • Rol de gestión comunitaria: Actividades realizadas principalmente por mujeres a nivel comunitario, como extensión de su rol reproductivo, para asegurar el suministro y mantenimiento de recursos escasos de consumo colectivo, como el agua, la atención médica y la educación. Se trata de trabajo voluntario no remunerado realizado durante el tiempo libre.
  • Rol en política comunitaria: Actividades realizadas principalmente por hombres a nivel comunitario, a menudo en el marco de la política nacional. Este rol de liderazgo, oficialmente reconocido, puede ser remunerado directamente o resultar en un mayor poder o estatus.
  • Triple rol: Se refiere a que las mujeres tienden a trabajar jornadas más largas y fragmentadas que los hombres ya que suelen estar involucradas en tres roles diferentes: trabajo reproductivo, productivo y comunitario.

Fuente: ONU Femmes training center